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RECLAMACIONES EXTRAJUDICIALES

Reclamaciones Extrajudiciales

Las reclamaciones extrajudiciales son aquellas que se pueden interponer entre una persona o empresa y terceros (proveedores, distribuidores, clientes, usuarios).

La opción legal más recomendable es siempre optar por reclamaciones extrajudiciales. Con ellas es posible llegar a un acuerdo entre ambas partes, satisfactorio para las dos y mucho más rápido que un proceso judicial.

 

Requerimiento extrajudicial por impago

En aras de intentar recuperar una deuda es aconsejable reclamar de forma amistosa y formal para lograr el pago de la misma lo antes posible. De igual forma, es indispensable realizar un estudio preventivo para disminuir el riesgo de padecer impagos.

Recomendamos, que con anterioridad a realizar cualquier tipo de préstamo analizar la capacidad de pago del sujeto, establecer una forma de pago concreta y, por supuesto, dejar constancia por escrito de las transacciones y los acuerdos.

No obstante, aunque se tomen todas las medidas necesarias para prevenir sufrir impagos, nada puede asegurar con totalidad que se podrá evitar ya que siempre existe un riesgo. Por tal motivo, es necesario saber de qué modo actuar ante la falta de pago.

En primer lugar, se recomienda iniciar el proceso de reclamación de las cantidades impagadas de forma amistosa. Procurar dejar para última instancia la reclamación judicial, ya que la judicialización del asunto no le interesa a ninguna de las partes por el alto coste que comporta y la dilatación en el tiempo para resolver el conflicto.

En segundo lugar, el primer contacto con el deudor debe hacerse de forma cordial y educada. Se tiene que intentar averiguar el motivo por el cual el deudor ha dejado de pagar así se sabrá la voluntad del deudor de pagar o no la deuda. Incluso, en muchas ocasiones, a través de la primera comunicación se descubre que se trata de un error o un despiste.

En todo caso, si el deudor deja claro su intención de no pagar o de hacerlo de una forma que no habían acordado, aconsejamos seguir en contacto, por lo menos telefónicamente, para indicarle las consecuencias legales del impago. A continuación, si después de varias llamadas se observa que la persona no pretende modificar su situación de moroso, se sugiere realizar una visita presencial para intentar persuadir.    

En tercer lugar, si las comunicaciones telefónicas y la visita no han funcionado, el paso siguiente es enviar un burofax formal, con acuse de recibo, para reclamar la deuda. Nosotros recomendamos encargar el envío del mismo a través de abogados, de este modo el deudor sabrá que se ha contratado los servicios legales de un abogado para gestionar el impago.

El burofax es un requerimiento de pago extrajudicial que permite al acreedor reclamar el cumplimiento de la obligación del deudor. Además, desde que el deudor recibe o rechaza recibir el burofax hasta que finalmente se realiza el pago, la deuda generará intereses al tipo convenido por las partes o al tipo legal a falta de acuerdo.

En último lugar, si nada de lo anterior funciona sólo quedan dos vías: contratar una empresa de reclamación de deuda o iniciar un procedimiento judicial de reclamación de cantidades. Cabe destacar que esta última vía es la más adecuada cuando todas las demás han fallado. En todo caso, dependiendo de la cantidad adeudada, se podrá incoar un procedimiento verbal cuando la cuantía es inferior a 2000 euros, no siendo preceptiva la asistencia letrada aunque sí es aconsejable.

En Lex Baeza Abogados podremos ofrecerte asesoramiento y protección legal, durante todo el proceso de la reclamación extrajudicial.

 

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